REUNIDOS
De una parte, LK Bitronic, S.A., con domicilio social en C/ Pi i Margall, 30, 08025 Barcelona, NIF A67911610, en adelante denominada “EL PROVEEDOR”.
Y de otra parte, la persona física o jurídica identificada en la contratación, que actúa en el ámbito de su actividad empresarial o profesional, en adelante “EL CLIENTE”. Quien contrate en su nombre declara disponer de facultades suficientes para representarla.
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para formalizar el presente contrato y, a tal efecto,
EXPONEN
Que EL PROVEEDOR es titular del software de gestión TPVBIT, desarrollado y explotado en modalidad Software as a Service (SaaS), que permite la gestión integral de establecimientos comerciales mediante acceso remoto a servidores alojados en la nube.
Que EL CLIENTE está interesado en contratar el acceso, mantenimiento y servicios asociados al citado software, en los términos que se recogen en el presente documento.
En virtud de lo anterior, ambas partes acuerdan formalizar el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SOFTWARE EN LA NUBE (TPVBIT), que se regirá por las siguientes:
PRIMERA.- OBJETO
El presente contrato tiene por objeto regular las condiciones bajo las cuales EL PROVEEDOR presta al CLIENTE los servicios de uso, mantenimiento, soporte y asistencia del software TPVBIT, en modalidad SaaS (Software as a Service), mediante acceso remoto a servidores propiedad o bajo control del PROVEEDOR.
Dicho servicio incluye el derecho de uso del software, el alojamiento de los datos del CLIENTE, las actualizaciones automáticas y el soporte que corresponda al plan o servicio contratado, conforme a la cláusula Cuarta.
TPVBIT está dirigido a empresarios y profesionales para la gestión de sus negocios en España. El servicio no ofrece adaptación a las obligaciones fiscales o de cumplimiento propias de negocios establecidos fuera de España. Las funcionalidades y los regímenes fiscales admitidos serán los indicados en la documentación del servicio correspondiente al plan contratado.
EL CLIENTE es responsable de facilitar correctamente sus datos fiscales, configurar los parámetros que le correspondan y comprobar los datos de las operaciones que registra. TPVBIT no sustituye el asesoramiento fiscal del CLIENTE. Estas obligaciones no excluyen las responsabilidades que correspondan a LK Bitronic respecto del funcionamiento del software y del cumplimiento de los requisitos legales aplicables al sistema.
El entorno de prueba se ofrece exclusivamente para evaluar el servicio. No está habilitado para emitir facturas válidas ni para utilizarse como sistema de facturación de operaciones reales. Los documentos generados son ficticios y no deben utilizarse para cumplir obligaciones fiscales.
El acceso gratuito durante 15 días se limita al entorno de test, separado del entorno de producción. No existe un período de uso gratuito de producción: al activarlo se factura el primer mes de suscripción. Al finalizar el test se eliminan sus datos de los sistemas activos. El plazo de recuperación de la cláusula Séptima corresponde a las suscripciones contratadas y no amplía la duración del test.
SEGUNDA.- LICENCIA DE USO DEL SOFTWARE
- EL PROVEEDOR concede al CLIENTE una licencia de uso no exclusiva e intransferible durante la vigencia del contrato, de acuerdo con el número de sesiones concurrentes por establecimiento incluido en el plan contratado. Las sesiones se contabilizan de forma independiente en cada establecimiento y no se comparten entre establecimientos. La oferta aceptada especificará los límites de establecimientos, usuarios y equipos, así como los adicionales contratados y su precio, cuando proceda. No se aplicarán límites ni cargos adicionales que no se hayan incorporado a la oferta aceptada o mediante el procedimiento de modificación de la cláusula Decimosexta.
- Un mismo usuario conectado simultáneamente desde dos equipos ocupa dos sesiones concurrentes. Cuando un nuevo acceso vaya a superar el límite de sesiones del establecimiento, el sistema advertirá de que existen sesiones activas y de que, si se continúa con el inicio de sesión, se cerrará una de las sesiones abiertas. El nuevo acceso continuará tras la confirmación del usuario.
- EL CLIENTE no adquiere ningún derecho de propiedad intelectual o industrial sobre el software, sus componentes, interfaces o documentación.
- Queda prohibido modificar, copiar, distribuir, sublicenciar, descompilar o realizar ingeniería inversa del software, salvo en los supuestos permitidos por la legislación aplicable.
El servicio se presta en modalidad SaaS y no incluye la entrega del código fuente. Los componentes locales necesarios para utilizar las funcionalidades contratadas, si los hubiera, quedarán sujetos a esta licencia o a la licencia de su titular. EL CLIENTE deberá disponer de conexión a Internet y de equipos compatibles con los requisitos comunicados antes de contratar. Solo se entenderán incluidas funciones sin conexión cuando se describan expresamente en la documentación del servicio.
TERCERA.- SERVICIOS INCLUIDOS
- Acceso al software TPVBIT mediante credenciales de usuario.
- Mantenimiento correctivo, evolutivo y preventivo del sistema.
- Soporte y asistencia según la modalidad y las prestaciones del plan o servicio contratado, conforme a la cláusula Cuarta.
- Actualizaciones y mejoras automáticas del software.
- Copias de seguridad automáticas y restauración en los supuestos y con el alcance previstos en la cláusula Sexta.
Alojamiento y custodia de la información del CLIENTE con las medidas de seguridad previstas en las cláusulas Octava y Novena.
CUARTA.- SOPORTE REMOTO Y ASISTENCIA
El soporte se prestará con el alcance del plan o servicio contratado. Podrá comprender asistencia automatizada mediante inteligencia artificial, documentación y vídeos; atención humana por tickets o correo electrónico; atención telefónica o conexión remota; y gestión de cuenta.
La oferta aceptada al contratar identificará las prestaciones y canales incluidos, las horas de cobertura entre semana y durante fines de semana y, si se ofrecen, los compromisos de respuesta o resolución. Esta información formará parte del contrato y se facilitará al CLIENTE en un formato que pueda conservar. No se prestará atención humana de soporte en los días festivos nacionales de España.
Las horas de cobertura indican la disponibilidad del servicio de atención, no una bolsa de horas de dedicación exclusiva ni un plazo garantizado de resolución. El gestor de cuenta, cuando esté incluido, atenderá conforme a la disponibilidad acordada, que puede ser distinta de la cobertura del soporte.
La asistencia automatizada no incluye por sí sola consultas con personal de soporte. La atención escrita tampoco incluye por sí sola teléfono o conexión remota. Estas limitaciones no restringen los canales para comunicar vulneraciones de seguridad, ejercer derechos de protección de datos o presentar reclamaciones contractuales.
QUINTA.- DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO Y COMPENSACIONES (SLA)
EL PROVEEDOR mantendrá el servicio con la diligencia exigible y atenderá las incidencias para restablecer su funcionamiento sin demoras injustificadas. Podrán producirse interrupciones por mantenimiento, actualizaciones o incidencias. Los trabajos programados que afecten al acceso se comunicarán con al menos 24 horas de antelación; las actuaciones urgentes de seguridad o continuidad se comunicarán tan pronto como resulte posible.
EL PROVEEDOR garantiza una disponibilidad mínima del 99,5 % para el servicio de producción. Se calculará por períodos de doce meses desde su activación; si el contrato termina antes de completar un período, se tomará el tiempo de servicio de ese período hasta la baja. El cálculo se realizará respecto del servicio de producción del establecimiento afectado; una incidencia limitada a un establecimiento no extenderá la compensación a otros que sigan funcionando. No se incluyen el entorno de test ni los horarios o tiempos de respuesta del soporte. La disponibilidad será el porcentaje de minutos en que el servicio haya estado disponible respecto del total de minutos computables. Se considerará indisponibilidad la imposibilidad de acceder al servicio o utilizar sus funciones esenciales por una incidencia imputable al PROVEEDOR. Se excluirán del cómputo los mantenimientos programados comunicados con al menos 24 horas de antelación, los períodos de suspensión legítima conforme al contrato, los fallos imputables al CLIENTE o a su conexión a Internet y los supuestos de fuerza mayor de la cláusula Decimocuarta. Los minutos excluidos se descontarán tanto del tiempo total como del tiempo de indisponibilidad, sin duplicar intervalos coincidentes. Un fallo de un subcontratista del PROVEEDOR no queda excluido por ese solo motivo.
Si la disponibilidad resulta inferior al 99,5 %, la compensación será del 1 % de las cuotas de suscripción del servicio afectado correspondientes al período de medición por cada 0,1 puntos porcentuales por debajo de ese umbral, con cálculo proporcional de las fracciones y un máximo acumulado del 10 % de esas cuotas por período. La base de cálculo no incluirá impuestos ni servicios adicionales ajenos al servicio afectado.
La compensación no se aplicará de oficio. EL CLIENTE deberá solicitarla a postventa@lkbitronic.com, identificando su cuenta, el servicio afectado y las fechas y circunstancias de las incidencias, y aportando la información de que disponga. EL PROVEEDOR estudiará la solicitud, contrastará sus registros con la información aportada y comunicará una respuesta motivada. Si se cumplen los requisitos de esta cláusula, reconocerá la compensación, cuyo importe se determinará al cierre del período de medición y se abonará en la siguiente factura o se devolverá si ya no hubiera facturación pendiente. La solicitud no obliga al CLIENTE a aportar registros internos a los que no tenga acceso.
Esta compensación constituye el remedio económico contractual exclusivo por la mera indisponibilidad regulada en esta cláusula y sustituye la indemnización de daños e intereses por ese mismo incumplimiento, en la medida legalmente permitida. No exime de restablecer el servicio ni excluye el derecho a resolver el contrato y obtener las devoluciones que procedan. Se aplicarán las excepciones y reglas de la cláusula Duodécima.
SEXTA.- COPIAS DE SEGURIDAD Y RESTAURACIÓN
- Se realizarán copias de seguridad automáticas de los datos del CLIENTE, protegidas mediante medidas adecuadas al riesgo, con una retención de 15 días. Esta retención no debe confundirse con el plazo para solicitar los datos tras la baja, regulado en la cláusula Séptima.
- En caso de incidente o pérdida de información imputable al PROVEEDOR, se restaurará la última copia válida disponible.
Las restauraciones solicitadas por causas ajenas al PROVEEDOR podrán facturarse únicamente si EL CLIENTE acepta previamente su presupuesto. Esta regla no permite cobrar por actuaciones incluidas en el servicio ni por la devolución o cambio de proveedor regulados en la cláusula Séptima.
SÉPTIMA.- EXPORTACIÓN Y REVERSIBILIDAD
Mientras mantenga una suscripción activa, EL CLIENTE podrá descargar sus datos desde la aplicación mediante las funciones de exportación disponibles.
En caso de baja ordinaria, durante los 90 días naturales siguientes a su fecha efectiva, EL CLIENTE podrá solicitar la entrega de sus datos escribiendo a postventa@lkbitronic.com. Se comprobará que la solicitud procede del titular o de una persona autorizada. Este plazo permite solicitar los datos; no prolonga el acceso ordinario a la aplicación ni la suscripción.
Las solicitudes recibidas dentro de ese plazo se atenderán antes de eliminar la información necesaria para su entrega. Finalizado el plazo de solicitud, se completarán las entregas pendientes y la eliminación de los datos y sus copias, con un máximo total de 105 días naturales desde la baja. Durante ese tiempo, el tratamiento quedará limitado a la recuperación, entrega y eliminación segura de la información.
Lo anterior se entiende sin perjuicio de las instrucciones de supresión que deba atender EL PROVEEDOR conforme a la cláusula Novena y de la conservación específicamente exigida por ley. La conservación legal de las facturas emitidas por LK Bitronic no incluye por sí sola los datos del negocio del CLIENTE.
Conservación fiscal. EL CLIENTE es responsable de conservar sus facturas, registros de facturación y demás documentación durante los plazos exigidos por la normativa tributaria y mercantil. Deberá obtener su copia antes de la baja o dentro del plazo de recuperación correspondiente. La conservación temporal por EL PROVEEDOR no sustituye esa obligación. Completada la eliminación prevista en esta cláusula, no quedarán copias disponibles, salvo conservación específicamente exigida por ley.
Cambio de proveedor. Para trasladar sus datos a otro proveedor o a una infraestructura propia, EL CLIENTE lo solicitará a postventa@lkbitronic.com e indicará el destino y, cuando corresponda, los datos de contacto del nuevo proveedor. También podrá solicitar la supresión sin traslado. El preaviso para iniciar el proceso no excederá de dos meses desde la solicitud. Finalizado ese preaviso, el traslado se realizará sin demora indebida y en un período transitorio máximo de 30 días naturales.
Si el plazo de transición resulta técnicamente inviable, EL PROVEEDOR lo justificará dentro de los 14 días hábiles siguientes a la solicitud e indicará un plazo alternativo no superior a siete meses. EL CLIENTE podrá prorrogar una vez el período transitorio por el tiempo que considere adecuado para sus fines. Durante la transición se mantendrán el contrato, las funciones del servicio y la seguridad; EL PROVEEDOR prestará asistencia razonable al CLIENTE y a los terceros que este autorice, apoyará su estrategia de salida e informará de los riesgos conocidos para la continuidad.
Se incluyen entre las categorías exportables los clientes, artículos, familias, subfamilias, proveedores, ventas y compras del CLIENTE, exportables en formatos CSV y Excel. La tabla de ventas contiene la relación entre cada cliente y sus ventas. El traslado comprenderá todos los datos exportables y activos digitales del CLIENTE en los términos del Reglamento (UE) 2023/2854. La ficha de exportación que se facilite antes de contratar formará parte del contrato e identificará exhaustivamente las categorías incluidas y las exclusiones legalmente admisibles, así como los procedimientos, formatos, limitaciones técnicas y el enlace al registro en línea actualizado de estructuras y formatos. Las exclusiones no podrán impedir ni retrasar el cambio. La entrega se realizará en formatos estructurados, de utilización habitual y de lectura mecánica, conforme a los requisitos de interoperabilidad aplicables.
EL PROVEEDOR notificará la resolución del contrato al concluir con éxito el cambio o, si se solicita la supresión sin traslado, al finalizar el preaviso. Tras finalizar el período transitorio, EL CLIENTE dispondrá de al menos 30 días naturales para extraer los datos. Si la recuperación prevista para la baja ordinaria proporciona un plazo mayor, se aplicará el más favorable al CLIENTE. Los datos exportables, activos digitales y copias se eliminarán al concluir el plazo de recuperación aplicable y las entregas pendientes, siempre que el cambio haya finalizado con éxito, salvo conservación legalmente exigida. El máximo de 105 días de la baja ordinaria no recortará estos derechos.
No se cobrarán gastos por la exportación ordinaria de los datos ni por el proceso de cambio de proveedor. Se mantienen las cuotas ordinarias correspondientes al servicio efectivamente prestado durante la transición.
OCTAVA.- SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
EL PROVEEDOR aplicará medidas técnicas y organizativas adecuadas al riesgo para proteger la confidencialidad, integridad, disponibilidad y recuperación de los datos, y revisará su eficacia. Facilitará al CLIENTE la información necesaria para acreditar estas medidas conforme a la cláusula Novena. Las copias y la restauración se regirán por la cláusula Sexta.
Ambas partes mantendrán confidencial la información no pública recibida con ocasión del contrato. Solo podrá acceder a ella el personal autorizado y los proveedores que lo necesiten para prestar el servicio, sujetos a obligaciones de confidencialidad y, cuando proceda, a las condiciones de subcontratación de la cláusula Novena. También podrá comunicarse cuando lo exija la ley. Esta obligación continuará después de finalizar el contrato.
El servicio utiliza infraestructura en Madrid y servicios de Google Cloud para el almacenamiento de información gestionada por los comercios, incluidos datos de clientes y ventas. Algunos tratamientos pueden realizarse fuera del Espacio Económico Europeo, con las garantías previstas en la cláusula Novena y en la política de privacidad. La ubicación de un componente no determina por sí sola la de todos los datos y copias del servicio.
NOVENA.- PROTECCIÓN DE DATOS Y ENCARGO DEL TRATAMIENTO
Esta cláusula constituye el acuerdo de encargo del tratamiento y forma parte del contrato desde su aceptación. Se aplica a los datos personales que EL CLIENTE incorpora o gestiona mediante TPVBIT por cuenta de su negocio. EL CLIENTE actúa como responsable y LK Bitronic como encargado. Los datos que LK Bitronic trate para gestionar su propia relación contractual y facturación se rigen por su política de privacidad.
Objeto y duración. El encargo comprende el alojamiento, registro, organización, consulta, modificación, transmisión por instrucciones del CLIENTE, copias, recuperación y eliminación necesarios para prestar las funcionalidades contratadas y su soporte. Se mantiene durante el servicio y, después, únicamente para ejecutar su cierre conforme a la cláusula Séptima o atender una obligación legal.
Datos e interesados. Comprende los datos identificativos y de contacto, fiscales y de facturación, operaciones comerciales y datos de acceso y uso asociados a clientes, proveedores, empleados y usuarios autorizados del comercio, en la medida en que se gestionen mediante las funciones contratadas. Puede incluir datos de salud, como alergias, que EL CLIENTE incorpore a la ficha de sus clientes. EL CLIENTE será responsable de que su recogida y utilización sean necesarias y lícitas, de disponer de una base jurídica conforme al artículo 6 del RGPD y de una condición habilitante del artículo 9.2, como el consentimiento explícito cuando corresponda, y de cumplir los deberes de información. Limitará la información incorporada y el acceso de su personal a lo necesario para esa finalidad. La aceptación de este contrato no sustituye el consentimiento de las personas afectadas ni otra condición legal exigible. EL PROVEEDOR tratará estos datos por cuenta del CLIENTE conforme a sus instrucciones y con las medidas de seguridad adecuadas al riesgo previstas en este encargo. No se prevé el tratamiento de datos relativos a condenas o infracciones penales.
Instrucciones. EL PROVEEDOR tratará los datos únicamente siguiendo las instrucciones documentadas del CLIENTE, incluidas las dadas mediante el uso de las funciones contratadas. No podrá utilizar datos personales del comercio para publicidad propia, entrenamiento de modelos u otras finalidades propias ajenas al encargo. La elaboración y utilización de información anónima se limita a lo previsto en el apartado siguiente. Si una norma le exige otro tratamiento, informará previamente al CLIENTE, salvo prohibición legal. Advertirá inmediatamente si considera que una instrucción infringe la normativa de protección de datos.
Anonimización y usos permitidos. Mediante la aceptación de este encargo, EL CLIENTE instruye al PROVEEDOR para generar información anónima a partir de consultas de soporte y datos de compras, ventas y actividad gestionados por su cuenta, exclusivamente para formar al equipo, entrenar o mejorar las herramientas de IA de TPVBIT, elaborar estadísticas, analizar tendencias y mejorar el servicio. Podrán comunicarse a terceros resultados agregados anónimos que no identifiquen al comercio ni revelen su información confidencial. La anonimización previa seguirá sujeta al RGPD y solo se realizará cuando sea lícita; esta instrucción no sustituye la base jurídica ni los deberes de información que correspondan. Antes de cualquier reutilización o comunicación deberán haberse eliminado las posibilidades razonables de identificar a personas o comercios, incluso mediante cruces con otra información. No bastará con sustituir nombres por códigos. Si no puede garantizarse ese resultado, no se realizará el uso adicional. Quedan excluidos de estos usos los datos obtenidos mediante el inicio de sesión con Google. No se autoriza el entrenamiento con datos personales ni la cesión de datos identificables para fines propios de terceros.
Personal y seguridad. El acceso quedará limitado al personal autorizado sujeto a confidencialidad. EL PROVEEDOR aplicará las medidas exigibles por el artículo 32 del RGPD, atendiendo al riesgo, con controles de acceso, protección de las comunicaciones, continuidad, recuperación y comprobación periódica de su eficacia, conforme a la cláusula Octava.
Asistencia y control. EL PROVEEDOR ayudará al CLIENTE, mediante medidas apropiadas y teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información disponible, a atender los derechos de los interesados y las obligaciones de seguridad, notificación de brechas, evaluación de impacto y consulta previa. Remitirá al CLIENTE las solicitudes recibidas sobre datos del comercio sin resolverlas por su cuenta, salvo instrucción o deber legal. Pondrá a su disposición la información necesaria para acreditar el cumplimiento y permitirá y contribuirá a las auditorías e inspecciones del CLIENTE o de su auditor autorizado, protegiendo los datos de otros clientes.
Brechas. EL PROVEEDOR avisará al CLIENTE sin dilación indebida desde que tenga conocimiento de una violación de seguridad de los datos tratados por su cuenta. Facilitará la información disponible sobre su naturaleza, afectados, consecuencias, medidas y contacto, ampliándola a medida que se conozca, sin retrasar el aviso inicial. Las comunicaciones de privacidad se dirigirán a privacidad@lkbitronic.com y al contacto designado por el CLIENTE.
Subencargados y transferencias. EL CLIENTE autoriza con carácter general el uso de subencargados necesarios para el servicio. El alojamiento y la infraestructura se prestan mediante Google Cloud (Google LLC): Compute Engine para la aplicación y base de datos en Madrid (región europe-southwest1), Identity Platform para el registro y autenticación de usuarios y Cloud Storage para archivos e imágenes, estos últimos con tratamientos en Estados Unidos. Las condiciones de tratamiento de Google pueden consultarse en https://cloud.google.com/terms/data-processing-addendum. Esta referencia no sustituye las obligaciones del PROVEEDOR frente al CLIENTE. EL PROVEEDOR facilitará su relación actualizada, funciones, ubicaciones y garantías aplicables antes de contratar. Informará por escrito de incorporaciones o sustituciones al menos 15 días naturales antes del cambio. Durante ese plazo, EL CLIENTE podrá oponerse por motivos fundados de protección de datos escribiendo a privacidad@lkbitronic.com. EL PROVEEDOR valorará los motivos y procurará una alternativa razonable; si no puede resolver la objeción ni prestar el servicio sin el cambio, EL CLIENTE podrá finalizar el servicio afectado sin penalización antes de su aplicación, con devolución proporcional del período pagado no prestado y los derechos de recuperación de la cláusula Séptima. EL PROVEEDOR impondrá por contrato obligaciones equivalentes a los subencargados y seguirá respondiendo ante EL CLIENTE de su cumplimiento. Las transferencias internacionales se ajustarán a las instrucciones documentadas y al capítulo V del RGPD; la autorización de subcontratación no sustituye las garantías exigibles para transferir datos.
Finalización. Al concluir el servicio, EL PROVEEDOR devolverá o suprimirá los datos a elección del CLIENTE y eliminará las copias, salvo conservación impuesta por una norma de la Unión o de un Estado miembro. Los mecanismos y plazos operativos se concretarán en la cláusula Séptima. Mientras deba conservar datos, limitará su tratamiento a esa finalidad y mantendrá su protección. Las obligaciones propias de conservación de facturas de LK Bitronic no autorizan a conservar por ese motivo la base de datos del comercio.
DÉCIMA.- CONDICIONES ECONÓMICAS, DURACIÓN Y RENOVACIÓN
El precio, las prestaciones y la modalidad de soporte serán los indicados en la oferta aceptada por el CLIENTE. El cobro se realiza mediante tarjeta a través de Stripe. El entorno de test gratuito es independiente del servicio de producción: la activación de producción da lugar a la facturación y cobro del primer mes.
La suscripción se renueva automáticamente cada mes hasta que EL CLIENTE la cancele. Si se contrata expresamente otra periodicidad, la duración y renovación se ajustarán al período indicado en la oferta aceptada.
EL CLIENTE podrá cancelar mediante las funciones habilitadas en su cuenta o escribiendo a postventa@lkbitronic.com antes de la siguiente renovación. La cancelación impide esa renovación. EL CLIENTE conservará el acceso hasta finalizar el período ya pagado, momento en que la baja será efectiva y comenzarán los plazos de la cláusula Séptima. La cancelación voluntaria no da derecho a devolución de cuotas ni de importes proporcionales por tiempo no utilizado, sin perjuicio de las devoluciones o compensaciones que procedan legalmente o por incumplimiento del PROVEEDOR.
Las ampliaciones de plan o de sesiones se activan de inmediato y se cobra la diferencia proporcional correspondiente al tiempo restante hasta la siguiente renovación, previa aceptación del importe. Las reducciones se aplican al comienzo del siguiente período de facturación, en el que se cobra el importe reducido; no generan devolución ni abono por el período en curso. Estas reglas se aplican al período contratado, sea mensual u otro expresamente acordado. Desde la fecha de efecto de una reducción se aplicarán los nuevos límites. EL CLIENTE deberá indicar, cuando proceda, los establecimientos o servicios que desea dar de baja; la reducción de sesiones concurrentes no supondrá por sí sola la eliminación de datos del comercio.
Impago. Si un cobro falla, EL PROVEEDOR avisará por correo electrónico y concederá 10 días naturales desde el aviso para regularizarlo. Transcurrido ese plazo sin pago, podrá suspender el uso del servicio. Si el impago persiste durante 30 días naturales desde el aviso inicial, podrá resolver el contrato comunicando la fecha efectiva de baja. Durante la suspensión se mantendrá la posibilidad de solicitar los datos a postventa@lkbitronic.com. No se cobrarán nuevas cuotas de suscripción correspondientes al tiempo de suspensión total, sin perjuicio de las cantidades ya devengadas. Si el contrato sigue vigente, el acceso se restablecerá sin demora injustificada tras confirmar el pago de la deuda y, cuando corresponda, del nuevo período de servicio, cuyo importe y fecha de inicio se comunicarán previamente. La baja dará inicio a los plazos de la cláusula Séptima.
Cese del servicio. Si EL PROVEEDOR decide dejar de prestar TPVBIT, lo comunicará con al menos 30 días naturales de antelación, devolverá la parte de las cuotas anticipadas correspondiente al servicio no prestado y facilitará la salida y recuperación de los datos conforme a la cláusula Séptima. El cese deberá organizarse de forma que permita completar los plazos y obligaciones legales de cambio de proveedor.
UNDÉCIMA.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
EL PROVEEDOR podrá subcontratar prestaciones auxiliares sin quedar liberado de sus obligaciones frente al CLIENTE. Si implican tratamiento de datos personales del comercio, se aplicará la cláusula Novena. La cesión de la posición contractual requerirá el consentimiento de la otra parte, salvo los supuestos permitidos por la ley.
EL CLIENTE no podrá ceder el presente contrato sin consentimiento expreso y escrito del PROVEEDOR.
DUODÉCIMA.- RESPONSABILIDAD
EL PROVEEDOR responderá únicamente de los daños directos, efectivos y acreditados que sean consecuencia causal de un incumplimiento que le resulte imputable y que fueran previsibles al contratar, con los límites y excepciones de esta cláusula.
En la máxima medida permitida por la ley, la responsabilidad total acumulada del PROVEEDOR frente al CLIENTE por las reclamaciones derivadas del contrato o relacionadas con el servicio no excederá de las cuotas de suscripción efectivamente abonadas correspondientes a los seis (6) meses anteriores al hecho que origine la responsabilidad, excluidos impuestos. Si la relación hubiera durado menos, se tomarán las cuotas del tiempo transcurrido. Los pagos anticipados se imputarán al período de servicio al que correspondan. Este límite es conjunto, no se multiplica por el número de reclamaciones, afectados o fundamentos jurídicos invocados; los hechos derivados de una misma causa se considerarán conjuntamente y se referirán al primero de ellos.
Dentro de los límites legales, quedan excluidos los daños indirectos y el lucro cesante, incluidas las pérdidas de beneficios, ingresos esperados, oportunidades comerciales, ahorro previsto y reputación comercial, aunque se hubiera advertido de su posibilidad. La calificación de una reclamación bajo un fundamento distinto no ampliará los límites aplicables en la medida en que la ley permita mantenerlos.
Las exclusiones y límites de esta cláusula y del SLA no se aplicarán al dolo del PROVEEDOR ni en aquellos supuestos y en la medida en que la legislación aplicable impida excluir o limitar la responsabilidad. No afectarán a derechos irrenunciables de terceros ni a las potestades de las autoridades.
Las reclamaciones contractuales del CLIENTE por pérdida o alteración de datos, incidentes de seguridad o incumplimientos de confidencialidad quedan sometidas a los mismos límites y exclusiones, salvo que una norma imperativa lo impida. No se establece para ellas un límite adicional ni una indemnización ilimitada. Se mantienen las obligaciones de seguridad, copias y restauración expresamente asumidas.
Para la mera indisponibilidad se aplicará, como remedio económico contractual exclusivo, la compensación de la cláusula Quinta, con su máximo del 10 %, en sustitución de la indemnización por ese mismo incumplimiento. Las compensaciones del SLA se computarán dentro del límite general de esta cláusula y no se acumularán a otra indemnización por el mismo daño. Ambos regímenes quedan sujetos a las excepciones legales anteriores y no excluyen el derecho a resolver el contrato ni las devoluciones legalmente procedentes.
EL PROVEEDOR no responderá en la medida en que el daño resulte de datos o instrucciones incorrectos del CLIENTE, uso contrario a la documentación, cambios no autorizados, equipos o conexiones del CLIENTE o servicios de terceros contratados directamente por este, siempre que la causa no sea imputable al PROVEEDOR. EL CLIENTE custodiará sus credenciales, mantendrá los equipos bajo su control y comunicará las incidencias sin demora injustificada. Ambas partes adoptarán medidas razonables para reducir sus consecuencias; no serán indemnizables los daños que EL CLIENTE hubiera podido evitar razonablemente y sin sacrificio desproporcionado. La subcontratación del PROVEEDOR no constituye por sí sola una causa de exoneración.
EL CLIENTE mantendrá indemne al PROVEEDOR frente a reclamaciones de terceros derivadas de datos, contenidos o instrucciones ilícitos aportados por el CLIENTE, de la infracción de derechos de terceros o de su uso ilícito o negligente del servicio, en la medida en que le sean imputables. Esta obligación comprenderá las indemnizaciones y los gastos razonables y justificados de defensa, previa comunicación de la reclamación y posibilidad de participar en su defensa. No comprenderá daños imputables al PROVEEDOR ni acuerdos que impongan obligaciones al CLIENTE sin su consentimiento.
DECIMOTERCERA.- ASISTENCIA MEDIANTE INTELIGENCIA ARTIFICIAL
Cuando el servicio incluya un asistente de inteligencia artificial, se identificará su carácter automatizado. Sus respuestas pueden contener errores y sirven de orientación sobre el uso del servicio; no sustituyen el asesoramiento profesional ni modifican las condiciones contratadas.
EL CLIENTE deberá comprobar las indicaciones antes de aplicarlas a operaciones con consecuencias fiscales, económicas o sobre sus datos. La disponibilidad de atención humana será la que corresponda al plan contratado. El uso de inteligencia artificial no excluye las obligaciones ni la responsabilidad del PROVEEDOR previstas en este contrato. El tratamiento de datos personales mediante estas funciones se ajustará a la cláusula Novena y a la política de privacidad, según corresponda.
DECIMOCUARTA.- FUERZA MAYOR
Ninguna de las partes responderá de incumplimientos causados por acontecimientos que no hubieran podido preverse o que, previstos, fueran inevitables, en los términos legalmente aplicables. La parte afectada informará a la otra y adoptará medidas razonables para reducir sus efectos y reanudar el cumplimiento. Un ciberataque o un fallo de un proveedor externo no constituye por sí solo fuerza mayor ni exime del cumplimiento de las obligaciones de seguridad y continuidad asumidas.
DECIMOQUINTA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El contrato se regirá por la legislación española. Las controversias se someterán a los juzgados y tribunales que resulten competentes conforme a las normas procesales aplicables.
DECIMOSEXTA.- CONTRATACIÓN, INTEGRACIÓN Y MODIFICACIONES
El contrato está formado por estas condiciones, el encargo del tratamiento incorporado en la cláusula Novena y la oferta o ficha del plan aceptada por el CLIENTE. Las condiciones particulares aceptadas prevalecerán sobre las generales en aquello que regulen específicamente, sin dejar sin efecto normas imperativas ni las obligaciones de protección de datos.
El contrato se formalizará mediante la aceptación electrónica de estas condiciones y de la oferta correspondiente, o mediante la firma de un documento que las incorpore, por una persona con facultades para contratar en nombre del CLIENTE. Su identidad, la representación cuando proceda y el plan contratado constarán en el registro o documento de contratación. Antes de aceptar, EL CLIENTE podrá consultar y conservar las condiciones y revisar los datos de su contratación. EL PROVEEDOR facilitará una confirmación que pueda conservarse.
EL PROVEEDOR podrá actualizar estas condiciones o los precios por cambios normativos, técnicos, funcionales o de costes relacionados con el servicio. Comunicará los cambios por correo electrónico con al menos 30 días naturales de antelación, indicando su contenido, motivo y fecha de efecto. Los nuevos precios y los cambios que reduzcan prestaciones o aumenten las obligaciones del CLIENTE se aplicarán, como pronto, a la primera renovación posterior a ese plazo. EL CLIENTE podrá cancelar antes de esa renovación sin penalización y conservará el servicio contratado durante el período ya pagado. Si no cancela, la suscripción se renovará conforme a las condiciones notificadas. Las actualizaciones ordinarias que no reduzcan sustancialmente las prestaciones contratadas se realizarán durante el servicio. Los cambios que deban aplicarse antes por una obligación legal se comunicarán con la antelación que esta permita. La mera publicación de una nueva versión no modificará por sí sola los contratos vigentes. Las ampliaciones y reducciones solicitadas por el CLIENTE se regirán por la cláusula Décima.
